Por: Gonzalo
Egremy
FOTO DE: Pepitorias - blogger |
DISCUSIÓN
POR NUEVA LEY
+La recién aprobada, por Diputados priistas y de partidos
afines, Ley de Seguridad Interior, es inconstitucional y conlleva riesgo a la
población civil.
+El Trigésimo Torneo de Ajedrez en memoria “Don Juan Zamora
Velázquez”, concluyó ayer en una fiesta, como desde hace 30 años.
.- Los Diputados del PRI y
de partidos afines, aprobaron, por mayoría, la Ley de Seguridad Interior que
faculta al Ejército hacer labor policial.
Para algunos analistas esa
Ley vendrá a beneficiar a la ciudadanía hoy rehén de toda clase de criminales,
pero para otros expertos en la materia, la misma reglamentación, es
inconstitucional y advierten violación de garantías.
Efectivamente, el artículo
129 de la Carta Magna, indica: En tiempo de paz, ninguna
autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta
conexión con la disciplina militar.
Solamente habrá Comandancias
Militares fijas y permanentes en los castillos, fortalezas y almacenes que dependan
inmediatamente del Gobierno de la Unión; o en los campamentos, cuarteles o
depósitos que, fuera de las poblaciones, estableciere para la estación de las
tropas.
Por lo que exponen, que La Ley de
Seguridad Interior no va a solucionar el peor problema de inseguridad pública
que ha afrontado México.
Esta Ley, es inconstitucional e
inconvencional, porque violenta el artículo 129 de la Constitución, así como
los tratados y convenios internacionales de los que el Estado Mexicano es
parte.
Con esta recién aprobada Ley, el
Gobierno podrá restringir o suspender el ejercicio de los derechos como de: asociación, lo que equivale a que
podrán ser suspendidos los sindicatos y organizaciones de la sociedad civil.
También la libertad de reunión
con lo que podrán ser declaradas ilegales reuniones públicas de más de tres
personas y restringir totalmente el derecho a manifestación so pena de ser
encarcelado;
Podrán restringir hacia dónde
vas, cuando lo haces y con quienes. Habrá zonas de las que no puedas salir o
las que no puedas entrar.
Implica también censura previa en medios electrónicos, escritos e incluso
internet. No se permitirá crítica alguna;
Derecho a la información: esto es
opacidad total respecto de todos los actos del gobierno y entes
obligados, sin posibilidad de transparentar ninguna información respecto de
gastos, contratos, compras, arrendamientos, fideicomisos, y denegar toda
solicitud argumentando razones propias de las restricción o suspensión de
derechos como la perturbación grave de la paz pública, peligro grave o
seguridad nacional así como todo lo que se haga durante el estado de suspensión
de derechos;
Todas las comunicaciones podrán
ser interceptadas (cartas, telefónicas, internet) sin necesidad de orden
judicial ni estar sujeto a investigación alguna; militares o marinos podrán
entrar a domicilio sin orden de cateo;
Ya que no existirá libre
asociación, entiéndase libertad sindical, no podrán defenderse los
derechos de los trabajadores.
No serán consideradas las
peticiones o solicitudes de ninguna naturaleza, tanto gremiales como
individuales, tal como lo reza el artículo 8º Constitucional.
No habrá derecho a la verdad,
entendido como la obligación de conservar a los archivos. Particularmente de
aquellos temas relacionados con los hechos que motivaron la suspensión o
restricción de derechos y garantías. Además de los contratos, obras,
arrendamientos, gastos realizados durante ese periodo.
Con la restricción de derechos
podrán racionarse los alimentos que se compren o la cantidad de agua que se
suministre.
Es decir el conjunto de
libertades civiles que puedan cuestionar el ejercicio del poder, y que cobijada
en argumentos ambiguos como el de peligro grave o perturbación grave al orden
público se impida la crítica al ejercicio del poder público.
¿Sabrán lo que aprobaron los
Diputados priistas, del algunos del PAN, los del PVEM y demás partidos
rémoras?, personalmente tampoco estimo que sabían lo que aprobaron levantando el
dedo, ¿no cree usted?//Salud.
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