Por: Vinicio Portela
El Magistrado
Presidente del Poder Judicial del Estado, Rutilio Escandón Cadenas, violenta nuestra Carta Magna al
estar realizando propaganda institucional la cual contiene promoción
personalizada.
En los videos
del Poder Judicial del Estado de Chiapas se precia claramente como Don
Ruty promociona su persona aún cuando lo prohibe el artículo 134 Constitucional
que señala lo siguiente:
"La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público."
"La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público."
Lo anterior
constituye un Delito Electoral que la FEPADE debería de investigar a fondo, ya
que utiliza recursos públicos desviándolos para su promoción personal.
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