Por: Raúl Eduardo Bonifaz M.
“La Ley debe ser como la muerte,
que no exceptúa a nadie”
Barón de Montesquieu.
El
fuero político en México es sin duda, una figura con mucha
controversia, el fuero es un privilegio que gozan ciertas autoridades y
que los protege de ser detenidos o encarcelados sin una previa autorización del
congreso. Gozan de una protección de la que no disfrutan los ciudadanos
comunes.
Hay
discusiones en dos sentidos, una de que el fuero se tiene que eliminar y otra
que basta con regularlo. Es verdad que para muchos ha sido utilizado como
garantía de impunidad y, no es la primera vez que se reclama revisar el fuero
de autoridades y legisladores, ¿Será escuchada esta demanda para que el
Congreso de la Unión elimine el fuero de legisladores y funcionarios de los
tres órdenes de gobierno, en materia de actos de corrupción, delitos del orden
común y de crimen organizado?
El
sistema constitucional mexicano concede una serie de privilegios procesales en
materia penal a algunos funcionarios públicos, especialmente los de alto rango.
Estos privilegios consisten, principalmente, en un cúmulo de derechos adicionales
que poseen y que se traducen en obligaciones que las autoridades que se
encargan de perseguir y juzgar la comisión de hechos criminales debe respetar.
Generalmente estas prerrogativas penales consisten en requisitos previos que se
deben satisfacer para poder castigar o, incluso, someter a actos
procedimentales en materia penal a los servidores públicos de alto nivel.
Los
diputados y senadores, los altos funcionarios de la Federación y de los
estados, por ejemplo, están protegidos con estos privilegios especiales, ya que
la Constitución Política de México, establece que durante el tiempo en el que
desempeñen su encargo o funciones, estos servidores públicos no puedan ser
perseguidos por los actos punibles que cometan, a menos que previamente exista una
declaración ad hoc por parte de algunas autoridades; en tratándose de los
legisladores, presidentes municipales por ejemplo, debe existir una
autorización por parte de su correspondiente Cámara, que se llama
"declaración de procedencia", para que pueda someterse a
procedimiento penal.
Estudiosos
en la materia, señalan que estos servidores gozan de lo que literalmente sería
una "inmunidad" durante el ejercicio de su encargo, y que nuestra
doctrina y legislación le ha denominado “fuero”. La justificación que da la
doctrina y la jurisprudencia en relación a la existencia de estos derechos
especiales es que, debido a la importancia de la función que los servidores
desempeñan, debe protegerles para que puedan ejercer de manera
adecuada la tarea que el pueblo, directa o indirectamente, les
encomendó, ya que podrían verse inmersos en diversos ataques, más de naturaleza
política que realmente penal; y no es difícil encontrar que una de las vías
preferidas para golpear a un funcionario es denunciarlo penalmente y someterlo
a presiones por esta vía, tanto por enemigos políticos particulares, como
por enemigos dentro del mismo Estado.
Entonces,
una medida para fortalecer la democracia se convirtió en un instrumento contra
la democracia. Este tipo de privilegios está en crisis en todo el mundo, pues
la experiencia ha demostrado, y seguirá demostrando, que algunos privilegiados
con estas garantías han utilizado estos derechos particulares para buscar una
verdadera "impunidad" en los actos criminales que cometen durante el
ejercicio de la tarea pública que tienen encomendada.
El
fuero no es un aspecto privativo de nuestro tiempo ni de nuestro sistema
constitucional ni de nuestro país. Dicha figura ha existido en diversas épocas
y en prácticamente todos los órdenes jurídicos para salvaguardar el debate
público y la independencia de quienes ejercen las funciones del Estado.
Sin
lugar a duda, pronto veremos un nuevo debate para la eliminación del fuero
constitucional a servidores públicos, demanda ciudadana para un escenario de
igualdad a la que aspiran los mexicanos.
Octubre 13 de
2014.
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