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domingo, 21 de diciembre de 2014

EXONERA TEPJF A MANUEL VELASCO

∙ Por unanimidad, los magistrados consideraron que la difusión de la imagen del mandatario estatal no puede considerarse como “adquisición de tiempo en televisión”
            (BOLETIN).- La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resolvió que la difusión de la imagen y alusión al nombre y cargo del gobernador de Chiapas, Manuel Velasco, en el marco de la trasmisión y narración de un partido de fútbol, no constituye propaganda prohibida.
            De acuerdo a la resolución del TEPJF, la difusión de la imagen obedeció a un ejercicio legítimo de la labor periodística de los medios de comunicación y se enmarcan dentro del libre ejercicio de una labor informativa.
            Por unanimidad, los magistrados consideraron que la difusión de la imagen del mandatario estatal no puede considerarse como “adquisición de tiempo en televisión”, lo cual está prohibido por la ley electoral, al tiempo que aclararon que no existen disposiciones legales a las que, en este caso, se deba sujetar la transmisión y narración del evento deportivo, “ni mucho menos, un tipo administrativo que sancione ciertas prácticas que ocurren en el ejercicio periodístico”.
            Es preciso señalar que durante la transmisión del evento deportivo no se difundieron ideologías, programas o acciones con el fin de influir en los ciudadanos para adoptar determinadas conductas políticas y tampoco se advierte que se busque promocionar alguna opción política en particular, concluyó el TEPJF.

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