AMPARO NO ORDENA LIBERTAD A PSM; CONTINÚA SIENDO
PROCESADO POR EL PECULADO DE MÁS DE 104 MDP
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.- En las últimas
horas, el Juez Quinto de Distrito otorgó un amparo para efectos a Pablo Salazar
Mendiguchía en el marco del proceso penal que se le sigue por el Peculado de
más de 104 millones de pesos del patrimonio de los chiapanecos, sin embargo, la
Procuraduría General de Justicia del Estado de Chiapas informó que esto no
significa que el procesado vaya a obtener su libertad, por el contrario,
abundó, continúa siendo procesado por éste y por los delitos de Homicidio en
agravio de diversos recién nacidos muertos entre los años 2002 y 2003 en el
Hospital General de Comitán; y por los delitos de Delincuencia Organizada y
Manejo de Recursos de Procedencia Ilícita, casos en los que los argumentos
presentados por el Ministerio Público continúan firmes.
Asimismo, la dependencia señaló que el amparo
concedido por el Juez Federal no es definitivo, sino para el efecto de que la
Primera Sala Regional en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia dicte
una nueva resolución en la que detalle resolver el concurso de delitos penales
que se cometieron y precise la temporalidad de la conducta consumativa del
delito. Es decir, que precise cuándo se cometió el ilícito.
Por ejemplo, el Juez amparista refiere en su
resolución que la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia señala una frase
que dice: “En la época de los hechos”, para sostener y no especifica a qué
época se refiere.
El Juez Federal precisa en su resolución que los
efectos de la concesión del amparo no implica de manera directa que se deje en
libertad a Pablo Salazar Mendiguchía por los delitos por el cual se le ejercitó
acción penal, esto es por los delitos de Peculado, Ejercicio Indebido del
Servicio Público, Abuso de Funciones Públicas, Abuso de Autoridad y Asociación
Delictuosa.
Esto significa que los magistrados podrán
confirmar el auto de formal prisión decretado en contra de Pablo Salazar
Mendiguchía por los delitos mencionados, subsanando los requisitos formales
precisados por el Juez de Distrito.
Finalmente, las probanzas presentadas por el
Ministerio Público investigador son elementos suficientes para que la Sala
Penal de pronuncie por un auto de formal prisión, una vez que observe los
lineamientos expresados por el Juez amparista.
Criterios y argumentos que no se comparten con
el Juez de Amparo dado que en la resolución dictada en el toca penal 151-A/2011
por la Primera Sala Regional en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia
sí se encuentran definidos de manera clara y precisa qué tipos penales se
acreditan y la probable responsabilidad penal atribuida a Pablo Salazar
Mendiguchía en la comisión de los delitos señalados.
Ante el criterio sostenido por el Juez
amparista, la representación social interpondrá el recurso legal
correspondiente ante los Tribunales Federales.
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