Por:
Gonzalo Egremy
FOTO DE: elfaro.net |
¿SEVERIDAD A PANDILLEROS?
+Criminólogos
estiman que ni la prisión ni penalidad más severa sería la solución para
criminales, toda vez que desde las cárceles siguen operando.
+Con
la Mesa de Reconciliación, en libertad presuntos pandilleros; del 2014 a la
fecha, en la Ciudad de México han liberado a 10 mil reos.
.-Para el líder del Congreso del
estado, aumentar la penalidad para el
pandillerismo es la solución de anular el crimen que cometen esas células aquí.
En el nuevo sistema de justicia penal (en
vigencia en todo el país), no aparece como delito el “pandillerismo”, pero sí
en la legislación penal de Chiapas desde el artículo 371 hasta el 375 del
código en la materia.
El mismo dice que se entiende como
pandilla, la reunión habitual, ocasional o transitoria, de dos o más personas
que sin estar organizadas con fines delictuosos, actúen para alterar el orden
público o cometan las conductas a que se refieren los demás artículos de este
código.
Según artículo
372, “Los integrantes de una pandilla que atemoricen, intimiden,
asusten, hostiguen o amenacen por medio de la violencia física o moral, a
alguna persona o personas, que habiten o transiten en calles, barrios o
colonias, serán sancionadas con prisión de dos a seis años”.
El 374 indica que “Los que en grupos de
dos o más personas, soliciten dinero o dádiva en forma intimidatoria en
vehículos del transporte público, en la vía pública o en cualquier sitio
abierto al público, serán sancionados con prisión de dos a tres años” (los que
bloquean vías de comunicación, subrayado de quien esto teclean).
Agrega que “El que así lo hiciera
mostrando tatuajes, haciendo señas con las manos, portando objetos como
cadenas, piedras, palos o cualquier otro que pudiera dañar la integridad de las
personas, será sancionado con prisión de dos a cuatro años.
Las penas señaladas en este artículo, se
aplicarán siempre que haya sido la persona a quien se solicitó la dádiva o el
dinero, quien haya determinado el objeto o la cantidad a entregar a los
pandilleros, ya que en el caso contrario, cuando haya sido el pandillero quien
haya exigido una cantidad o, un objeto determinado, o la totalidad de los
valores de la víctima, se aplicarán en este supuesto las penas correspondientes
al delito de robo con sus modalidades.
Y finalmente, el 375 al que se refirió el diputado local, Eduardo
Ramírez, señala:
“Los que en grupo de dos o más personas, obstruyan la vía pública,
entendiéndose con esto las calles, libramientos, boulevares, avenidas,
camellones, carreteras, y en general todo espacio de dominio público y uso
común, que por disposición de la autoridad o por razón del servicio, están
destinadas al tránsito de personas, vehículos o cosas; exijan pago de peaje,
para transitar sobre estas, a transeúntes o conductores de vehículos del
servicio particular o público, serán sancionados con prisión de cinco a diez
años.
Y es ese artículo el que señala el
presidente del Congreso del estado, el que será reformado con su iniciativa,
cuando ya prácticamente existen ya otros que sancionan la asociación delictuosa
y delincuencia organizada.
De acuerdo con abogados de esta región,
así como con criminólogos, las llamadas pandillas transnacionales (Mara
Salvatrucha MS13 o Barrio XVIII), no serán combatidas y menos erradicadas de
Chiapas con penas más severas.
Y que ello ha quedado demostrado porque ni
los Estados Unidos, en donde “nacieron” esas organizaciones criminales, ni en
sus países de origen (Centroamérica) han podido terminarlas.
En
El Salvador existen 10 mil pandilleros en las cárceles que controlan a 70 mil
más en las calles; la Unión Americana, desde la llegada de Donald Trump, detuvo
y repatrió a países centroamericanos, a 1,500 pandilleros.
Aquí en Chiapas, a través de la Mesa de
Reconciliación, fueron liberados desde el 2013 unos 2 mil presos y entre ellos
varios pandilleros al “ser considerados que cometieron delitos menores”:
Luego entonces, el camino del tratamiento
a las pandillas transnacionales y nacionales, debe ser otro, ¿no cree
usted?//Salud.
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