● Violentan
derechos de los niños
Por: Vinicio Portela Hernández
Ante el paro magisterial que impera
en el estado de Chiapas, la Secretaría de Educación en el Estado no ha pagado
las pensiones alimenticias que quincenalmente entrega a las madres de familia
que cuentan con una sentencia favorable en contra de algún mentor.
Las jefas de familia asistieron a
las oficinas administrativas de la SE pero no hay nadie quien les entregue sus
cheques y el único argumento es que los empleados no llegan a laborar por el
temor de ser atrapados en el edificio por alguna de las manifestaciones de los
maestros de la Coordinadora Nacional de los Trabajadores de la Educación.
Las afectadas manifestaron que esta
acción de la Administración de la Secretaría de Educación pone en riesgo la
integridad de sus hijos al no tener el sustento otorgado por un Órgano
Jurisdiccional y que la dependencia incumple con la orden de un Juez.
Cabe hacer mención que los infantes
están protegidos por la Ley y que el principio del “Interés Superior del Niño”
es el que debe imperar ante un dilema o conflicto entre derechos.
Esta acción unilateral de la
Secretaría de Educación en el Estado violenta la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 3º, párrafo 8vo, que dice a la letra:
“En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el
principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus
derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus
necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su
desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución,
seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.”
Por lo anterior, la dependencia
estatal transgrede los derechos humanos de los infantes, tal y como lo indica
la Convención sobre los Derechos del Niño, en su artículo 3, apartado 1 que
señala: “En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las
instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las
autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración
primordial a que se atenderá será el interés superior del niño”.
Es así que pese a que exista un
conflicto entre el interés laboral de los maestros y los descuentos que realiza
la administración pública a los mentores faltistas, este hecho no deberá
afectar a los intereses de los infantes, máxime sí esto se refiere a una de sus
derechos fundamentales como lo es la alimentación.
Las madres de familia, quienes son
las que ejercen la patria potestad de los menores, piden a la Secretaría de
Educación el pago inmediato de la pensión alimenticia ya que es un derecho de
sus hijos y que nada tiene que ver con el descuento que le aplican a los
mentores en paro de labores.