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martes, 23 de abril de 2013

LA REFORMA A LA LEY DEL IMSS ES PERJUDICIAL PARA LA BASE PATRONAL: COPARMEX COSTA DE CHIAPAS.


·         Ocasionaría pérdida de empleos, afectación a las empresas y perjudicaría severamente a los trabajadores por sus ingresos directos que obtienen en contratos colectivos y por conquistas laborales: Rafael Rojo Galnares.
·         Su impacto potencial es a 7 millones y medio de trabajadores con un costo total de aproximadamente 5 mil millones de pesos, para la economía mexicana
            René R. Coca.
          Tapachula, Chis; ABR. 23 (interMEDIOS).- Aun cuando la iniciativa se encuentra en análisis legislativo, la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) Costa de Chiapas se unió a la voz de desacuerdo nacional sobre la reforma de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), misma que de ser aprobada tendría efectos contraproducentes para la base patronal, se generaría desempleo e inclusive se perjudicaría a los trabajadores por sus ingresos directos que obtienen en contratos colectivos, producto de conquistas laborales.
            Así lo dio a conocer el Presidente de la Coparmex Costa de Chiapas, Rafael Rojo Galnares, quien argumentó el porque es perjudicial la reforma a la Ley del IMSS, donde dejó en claro que la iniciativa incrementará las cuotas obrero patronales en perjuicio de la creación y consolidación del empleo para los trabajadores, así como de la economía de los empresarios de México, ya que pretende aumentar el salario base de cotización para el cálculo de dichas cuotas, al homologar las bases de cálculo de las contribuciones del IMSS y del Infonavit con las del Impuesto sobre la Renta (ISR).
            El líder empresarial precisó que el impacto potencial de esta Ley repercutiría en 7 millones y medio de trabajadores con un costo total de aproximadamente 5 mil millones de pesos, para la economía mexicana.
            Rojo Galnares enfatizó que No existe una supuesta simplificación como se argumenta por los promotores de la iniciativa; de los 11 conceptos que se tendrían que homologar para que operara una auténtica simplificación, la iniciativa deja fuera 6 de ellos, de forma tal que sólo se homologan aquéllos que aumentan la base del cálculo y no los que la disminuyen. Por ejemplo, el PTU y las despensas no son parte del salario y por lo tanto, no deberían ser parte de esta base.
            El entrevistado mencionó que la crisis del IMSS no es por la cotización obrero-patronal, sino por excesos en el contrato colectivo, por las altísimas prestaciones que otorga y por la bajísima calidad de los servicios que presta; además, por medidas parciales que han agravado su situación financiera. “Una reforma tributaria en materia de cuotas obrero-patronales no debe concebirse de manera aislada, sino como parte integral de la reforma fiscal próxima a discutirse” citó.
            Argumentó que las finanzas del IMSS se encuentran en serias crisis porque se absorbe el gasto corriente de nómina y prestaciones contractuales, gastos de operación, es más de 54% del ingreso total que obtiene el seguro social.
            Pero lo más grave de todo ello, dijo, es que de los ingresos totales destina el 25% para las prestaciones de su contrato colectivo de trabajo y el régimen de jubilaciones y pensiones de sus trabajadores, que alcanza la cantidad de 120 mil millones de pesos anuales, de tal manera que el IMSS para dar prestaciones a 400 mil personas, eroga un 40% superior de lo que el Gobierno Federal gasta en el Seguro Popular para otorgar salud a más de 8 millones de familias mexicanas.
            Señaló que el incremento que se pretende es en promedio 8% del salario, ello servirá a la institución para cubrir su prestación de premios de puntualidad y asistencia de sus trabajadores, ya que por cada 15 días de trabajo les pagan 20; prestación que en ningún lugar del mundo se otorga, porque en todos los contratos las personas están comprometidas a desempeñar su trabajo, no porque se les otorguen bonos impresionantes, sino por un salario. Este premio significa el 33% quincenal a su ingreso tabulado. (interMEDIOS rrc).