Por: Gonzalo Egremy
PERIODISTAS Y
JUICIOS ORALES
*Descubren clandestinas tomas de
agua.
.
- Los reporteros pueden entrar a las audiencias de juicios orales (ya en marcha
en Tapachula), indica el Código Nacional de Procedimientos Penales.
En
su Artículo 5º concerniente al Principio de Publicidad, el CNPP señala que:
“Los periodistas y los medios de comunicación podrán acceder al lugar en el que
se desarrolle la audiencia (juzgado contiguo al CERSS 4).
Sin
embargo, agrega que “estará debidamente regulado (el acceso para reporteros)
para beneficio, cuidado y protección de todos los actores del proceso
(víctima-acusador; indiciado o acusado; defensor; personal de juzgado; MP;
peritos; policías y servidores públicos de la prisión)”.
Asimismo,
el artículo 55, referente a las Restricciones de Acceso a las Audiencias (en el
juzgado), estipula que: “El órgano jurisdiccional (en este caso el juez) podrá
limitar el ingreso del público a una cantidad determinada.
Lo
anterior, según la capacidad de la sala de audiencia (el área para el público
tiene solo una veintena de asientos), así como de conformidad con las
disposiciones aplicables”.
Específicamente
para los profesionales de la comunicación aclara con puntualidad que: “Los
periodistas, o los medios de comunicación acreditados, deberán informar de su
presencia al órgano jurisdiccional con el objeto de ubicarlos en un lugar
adecuado para tal fin y deberán abstenerse de grabar audio, video o tomar
fotos) y transmitir por cualquier medio la audiencia”.
También
el artículo 113, detalla en varios capítulos los derechos del acusado, y hace
referencia a los medios de comunicación.
Ese
artículo, en dos de sus capítulos determina que el Acusado o Imputado, tiene
derecho: “A no ser expuesto a los medios de comunicación” y “A no ser
presentado ante la comunidad como culpable”.
Antes
de todo lo anterior, y de acuerdo con la “Guía para Periodistas” denominada:
“Cómo Reportear en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio”, las
autoridades reseñan que no se afectará la Libertad de Expresión y el Derecho a
la Información (Derechos Fundamentales).
En
México, el artículo sexto constitucional consagra ambos derechos y describe sus
obligaciones y limitantes: ataques a la moral, perturbación al orden público, afectaciones
a los derechos de terceros o cuando se provoque algún delito, sintetiza la Guía
para Periodistas.
Agrega
que “Con el nuevo Sistema de Justicia Penal, los medios de comunicación y
quienes en ellos trabajan, tendrán la oportunidad de tener mayor información de
los procesos penales”.
“Ya
que, de acuerdo a los principios rectores explicados con anterioridad, y el
propio funcionamiento procesal, la transparencia y el fácil acceso a la
información se privilegian de origen”, establece la Guía.
La
entrada en vigor del Sistema Acusatorio en nuestro país implica una manera
regulada, para periodistas y medios de comunicación, de ejercer la cobertura de
los procesos, sin menoscabo a estos derechos fundamentales de toda persona, y
en especial de los profesionales de la comunicación, al momento de informar
respecto a un hecho delictivo que sea de impacto social.
El
conocimiento y la comprensión, -y con el tiempo la práctica en la cobertura-,
de cada uno de los momentos que conforman este sistema procesal, contribuirá a
profesionalizar la labor informativa de los periodistas y que cubren la fuente
en particular, así como a promover una cultura de la legalidad en la sociedad
mexicana en general”, asegura el mismo documento.
“En
el Sistema de Justicia Penal Acusatorio, los comunicadores podrán identificar aquellos
escenarios de cobertura periodística con interés para la opinión pública, y
podrán realizar su trabajo de forma directa con las fuentes, es decir, con las
partes involucradas en los casos procesales -los Actores Principales arriba
descritos-.
Mientras
que, por otro lado, los Principios Rectores de Publicidad y Oralidad que
contempla este sistema penal, que garantizan la transparencia para todos los
actores, también favorecen el ejercicio periodístico y facilitan el acceso a la
información de forma transparente y expedita”.
Todo
lo anterior es una apretada síntesis de la Guía para Periodistas en el Nuevo
Sistema de Justicia Penal (procesos orales y a la vista de todos), en donde no
solo se encuentran involucrados los tres Poderes en el país y el estado, sino
los medios de comunicación y la sociedad toda, ¿no cree usted?
BISBISEO
En
esta ciudad de Tapachula, el COAPATAP que dirige, José Antonio Ovando Matías,
descubrió en los primeros tres primeros meses de administración, cerca de ¡mil
tomas clandestina desde donde robaban agua potable! propietarios de locales
comerciales, empresas diversas como lava-autos, “restaurantes”, hoteles y demás//Ampliaremos//Pasado
mañana miércoles, los servidores públicos de la administración municipal que
lidera el edil, Neftalí del Toro Guzmán, rendirán un informe de labores en
ocasión de los primeros cien, de un total de mil 96 días, de trabajo//Salud.

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