Por: Gonzalo Egremy
CORTE LEGALIZA MOTA
*Exigen penalizar a ex funcionarios.
.-La Suprema
Corte de Justicia de la Nación, concedió, al resolver el amparo en revisión
237/2014, a cuatro personas cultivar y consumir marihuana,
Pero con esa
resolución en el citado juicio de garantías, la Corte abre la posibilidad para
que millones de personas más consuman el enervante.
La resolución solo permite el
cultivo, cosecha y consumo a Josefina Ricaño Bandala, Armando Santa Cruz
González, José Pablo Girault Ruiz y Juan Francisco Torres Landa Ruffo, quienes
interpusieron el Amparo.
Sin embargo, la decisión de la
SCJN sienta un precedente para cualquier persona que deseé cultivar y consumir
“mota”, acudiendo al órgano juzgador a través del amparo citando el 237/2014 y
la resolución de ayer.
Según la SCJN, en su comunicado
193/2015, de ayer, la apertura legal al cultivo y consumo de la marihuana, en
ese amparo, fue a propuesta (proyecto de resolución) del Ministro, Arturo
Zaldívar Lelo de Larrea.
“En este asunto se determinó que
debe otorgarse autorización a los quejosos para el consumo personal de
marihuana, sin que ello constituya una autorización para su comercialización,
ni para el consumo de otros estupefacientes y psicotrópicos”, dice la Corte.
La sentencia de la Primera Sala
se originó debido a que diversas personas solicitaron a la Cofepris, autorización para consumir marihuana de forma
regular y personal, con fines lúdicos o recreativos.
Así como para realizar las
actividades correlativas al autoconsumo (sembrar, cultivar, cosechar, preparar,
poseer, transportar y en general todo acto relacionado con el consumo lúdico y
personal de marihuana), en el entendido de que su petición excluía expresamente
“los actos de comercio, tales como la distribución, enajenación y transferencia
de la misma”.
La solicitud les fue negada, por
lo que promovieron amparo indirecto, en el cual señalaron que “el libre
desarrollo de la personalidad da cobertura a la decisión de consumir marihuana
para fines lúdicos.
El amparo también les fue negado,
por lo que los quejosos recurrieron ante la Primera Sala de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación.
La sentencia del Ministro Arturo
Zaldívar consideró que efectivamente el derecho fundamental en cuestión permite
que las personas mayores de edad decidan sin interferencia alguna qué tipo de
actividades recreativas o lúdicas desean realizar, al tiempo que también
permite llevar a cabo todas las acciones o actividades necesarias para poder
materializar esa elección.
Sin embargo, se encontró que el
sistema de prohibiciones tal y como está configurado no es una medida necesaria
para proteger la salud y el orden público, pues existen otras alternativas para
alcanzar dichos objetivos que afectan en un menor grado el derecho al libre
desarrollo de la personalidad.
En efecto, la medida impugnada
impide el consumo de marihuana en cualquier circunstancia cuando, para alcanzar
los fines que pretende, podría limitarse a desalentar ciertas conductas o a
establecer prohibiciones en supuestos más específicos, como manejar vehículos o
instrumentos peligrosos bajo los efectos de la substancia, consumirla en
lugares públicos o prohibir que menores de edad la consuman.
Así, a pesar de que se reconoce
que el legislador puede limitar el ejercicio de actividades que supongan
afectaciones a los derechos que protege nuestra Constitución, en el caso no se
encontró que tales afectaciones fueran de una gravedad tal que ameriten una
prohibición absoluta a su consumo, por lo que la prohibición resulta
inconstitucional”, dice parte de la resolución.
En 2009 México despenalizó el consumo privado y el
porte de hasta 5 gramos de cannabis para el uso personal. El cultivo, la
redistribución y todas las acciones ajenas al consumo y el porte se castiga con
la penas de 10 hasta 25 años de cárcel, pero con la resolución de ayer de la
Corte, tendrán que ser reformadas las normas en un futuro no lejano.
Pero en definitiva, la resolución en ese amparo
237/2014, es histórica y obligará reformar varias leyes; y continuará creando
polémica en todos los ámbitos de la vida nacional; solo se espera que no sea la
enésima desviación de la atención pública para fines perversos del Poder, ¿no
cree usted?
BISBISEO
Conforme trascurren los días, sube de tono la
reprobación popular en contra de los ex funcionarios de la administración
municipal de Tapachula 2012-2015 que mal encabezaron, Samuel Chacón y Venerando
Díaz, por el presunto desfalco del erario, la deuda de más de 630 millones de
pesos que dejaron, y el supuesto enriquecimiento ilícito en que, denuncian,
están envueltos//Los sectores productivos de la ciudad ya manifestaron su
opinión en ese tema, y coinciden en exigir investigación y castigo para los
responsables del delito de peculado//La responsabilidad en esa “magia de
desaparición de millones de pesos” de la hacienda municipal, se bisbisea, ya
enemista a varios personajes que fueron titulares de Secretarías con el hoy
diputado, Samuel Chacón//Salud.
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